Enfermedades Profesionales ¿Qué debe saber un trabajador?
- Ab. Javier O. Marchantené
- 29 jul 2015
- 3 Min. de lectura
REVISTA: El Sureño XXI.

SECCION: Leé Ley. ¿Qué debe saber un trabajador sobre una enfermedad profesional? ¿Qué son, ante quién se debe recurrir en caso de contraer una enfermedad profesional, la denuncia perjudica al empleador, se puede denunciar siendo trabajador en negro? El Abogado Javier Marchantené responde los cuestionamientos que hacen a la protección de los derechos de los trabajadores en una guía rápida y sencilla. Leé Ley y enterate qué debe saber un trabajador sobre una enfermedad profesional. ¿Qué es una enfermedad profesional? La ley las define como todas aquellas que figuran en el listado o Baremo de Ley que publica el Poder Ejecutivo de la Nación. Una enfermedad profesional es toda aquella que responde a una disminución en la salud del trabajador, y por ende en su capacidad para trabajar, que es contraída con motivo de sus actividades laborales. Por ejemplo, cuando una persona adoptó posiciones forzadas o cuando su labor implicó gestos repetitivos que terminaron desgastando y afectando determinada zona de su cuerpo y que le impiden desarrollar sus tareas con normalidad. ¿Cuáles podrían decirse que son las enfermedades laborales más comunes? Existe una amplia lista e implican desde várices, en personas que deben permanecer mucho de pié o mucho tiempo sentadas, hipoacusia o disminución auditiva, cervicobraquialgia o dolor cervical, lumbalgia o dolor lumbar, cicatrices, pérdidas de dedos o miembros, omalgia o dolor de hombros y gonalgia o dolor de rodillas, por ejemplo. Últimamente se está dando las patologías psiquiátricas como la Reacción Vivencial Anormal Neurótica, que tiene que ver con una alteración mental del trabajador a raíz del maltrato, la persecución, el bosing o el estrés laboral, por ejemplo. ¿Cómo iniciar un reclamo por enfermedad profesional? En primer lugar se debe consultar a un abogado especialista en derecho laboral, quien podrá hacer las consideraciones del caso y explicará en forma clara el procedimiento tanto ante la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), ante la Comisión Médica, en el caso de que lo más conveniente sea seguir la vía administrativa, o ante un Tribunal, en el caso de que lo más conveniente sea judicializar el caso de manera directa. ¿Genera perjuicio para alguien el interponer mi reclamo por enfermedad laboral? No, de ninguna manera. Primero y principal que no es el empleador quien solventa las prestaciones médicas y dinerarias que ordena la ley ante una enfermedad profesional sino que es la ART quien lo hace. Para eso a sido contratada, para cubrir este tipo de contingencias. ¿Puedo hacer la denuncia de enfermedad profesional siendo trabajador en “negro”? Sí, pero es un caso más complejo. Siempre el trabajador tiene derecho a reclamar por una enfermedad laboral dado que es un daño en su salud y debe ser reparado. En este caso, el trabajador no registrado, en “negro”, debe ser consciente que esta falta de registración está vulnerando sus derechos y constituye un fraude a la Ley por parte de su empleador. Esto le genera el derecho a reclamar tanto por su registración, como por la enfermedad profesional contraída en el desempeño de sus labores. En este caso, al haber optado el empleador por no registrar al trabajador, no será la ART quien responda, sino el propio empleador que no ha ajustado su proceder conforme a la Ley. Contacto: Abogado Javier O. Marchantené - MP: 1-37696 – Tel: 0351 155649918 Mail: javiermarchantene@gmail.com -
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